En el complejo mundo del transporte de mercancías peligrosas por carretera, la seguridad y la responsabilidad son cuestiones clave. En este artículo, exploraremos aspectos importantes relacionados con la estiba y la responsabilidad en el contexto europeo, haciendo hincapié en el Convenio CMR y las interpretaciones jurisprudenciales.
¿Qué normativa europea se aplica al transporte internacional de mercancías peligrosas por carretera?
La normativa europea aplicable es el "Acuerdo europeo sobre el Transporte Internacional de Mercancías Peligrosas por Carretera" (ADR) en su sección 7.5.7, que aborda la manipulación y estiba de estas mercancías.
¿Qué normativa regula los contratos de transporte de mercancías por carretera en Europa?
El Convenio CMR es la norma internacional que regula los contratos de transporte de mercancías por carretera en Europa. Se aplica a los transportes a título oneroso realizados en vehículos como automóviles, vehículos articulados, remolques y semirremolques, siempre que la carga y la entrega estén en países diferentes y al menos uno de ellos sea parte del Convenio CMR.
¿Puede un contrato de transporte internacional sujeto al Convenio CMR estar sujeto a las normas internas de un país específico?
No, cualquier cláusula que intente someter un transporte internacional regulado por el Convenio CMR a las normas internas de un país específico será nula. El Convenio CMR prevalece en tales situaciones.
¿Qué responsabilidad tiene el transportista en el transporte de mercancías peligrosas por carretera según el Convenio CMR?
El Convenio CMR establece que el transportista es responsable de la pérdida total o parcial de las mercancías y de las averías que ocurran entre la recepción de la mercancía y su entrega. Sin embargo, no especifica quién debe encargarse de la estiba y el trincaje.
¿Cómo se aborda la ambigüedad en cuanto a la responsabilidad de la estiba y el trincaje en el Convenio CMR?
La interpretación jurisprudencial se ha convertido en un recurso importante para abordar esta ambigüedad. Algunos tribunales han sugerido que la estiba y el trincaje pueden distinguirse conceptualmente, donde la estiba se refiere a la colocación y distribución de pesos, mientras que el trincaje se refiere a la sujeción de la mercancía al medio de transporte. Sin embargo, esto no está explícitamente regulado en el Convenio CMR.
¿Qué opinan algunos tribunales sobre la responsabilidad de la estiba y el trincaje?
Algunos tribunales, como la SAP Madrid, sec. 28ª, 235/2022, de 04 de abril de 2022, y la SAP Barcelona 1289/2022, de 06 de septiembre de 2022, han sugerido que tanto la estiba como el trincaje de la mercancía deberían atribuirse al cargador, a menos que se acuerde lo contrario en el contrato.
¿Cómo se puede aportar claridad a las relaciones de transporte internacionales en este contexto?
Dada la ambigüedad en la normativa y las interpretaciones jurisprudenciales, la solución es utilizar cláusulas de responsabilidad en contratos o fichas de estiba europeas. Estas cláusulas proporcionan claridad y garantizan que las partes involucradas comprendan sus responsabilidades en el transporte de mercancías peligrosas por carretera. Sin embargo, es importante destacar que las interpretaciones jurisprudenciales son herramientas de interpretación y no el régimen legal aplicable.